viernes, 1 de agosto de 2008

TEMA 48 "P.A.V."

1.- MARCO LEGAL.
- El art. 47 CE habla del derecho a la vivienda.
- Decreto 132/1990, de 23 de julio, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Inserción Social en la CV.
  • Art. 2.2. - Corresponde a los ayuntamientos la responsabilidad sobre las medidas de integración
  • Art. 10.1.b. - Actuaciones en materia de chabolismo y erradicación de la vivienda precaria.

- Ley 5/97, de 25 de junio, de SS.SS. en la CV, se menciona el chabolismo y la vivienda precaria en el artículo 25. De las minorías étnicas, haciendo especial referencia a la etnia gitana.

En lo que se refiere al Ayuntamiento de Valencia, el mismo año de publicación del Plan de Medidas de Inserción (1990), se puso en marcha el Programa de Erradicación de Vivienda Precaria, transformado posteriormente en Programa de Acceso a Vivienda (PAV).

2.- ORIGEN Y UBICACIÓN DEL PROGRAMA.

El programa de erradicación de vivienda precaria se aprueba el 13 de octubre de 1993. En 1996, se aprueba por Comisión de Gobierno la creación de la Comisión Técnica de Vivienda, adaptándose en 1998. En 2001 se transforma a PAV (Programa de Acceso a la Vivienda).

AREA DE PROGRESO HUMANO.

- CONCEJALÍA DE BS E INTEGRACIÓN.

- SECCIÓN PROGRAMAS DE INSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL.

- P.A.V.

3.- CONCEPTO DE VIVIENDA PRECARIA.

Habitáculo que siendo usado como morada humana no reúne las condiciones y características de vivienda, ni es susceptible de serlo.

4.- OBJETIVOS DEL PROGRAMA.

Arbitrar todas las medidas y actuaciones técnicas que, conjuntamente con el acceso a una vivienda digna para todas las familias sujetas al plan, favorezcan la adaptación de estas familias a su nuevo entorno, posibilitando en último término su inserción social.

5.- ACTUACIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE ACCESO A LA VIVIENDA.

5.1.- Censo de Vivienda Precaria.

Un censo flexible y dinámico, sujeto a constante variación. Los criterios para la inclusión de las familias en este censo son:

  1. Existencia de habitaje en vivienda precaria.
  2. Marginalidad-exclusión social objetiva.

5.2.- Comisión de Vivienda.

Tiene por objeto estructurar de una manera regulada y coordinada las actuaciones en materia de erradicación de vivienda precaria, con carácter técnico, informativo, decisorio y de análisis de las actuaciones de realojo a realizar.

5.3.- Plan de reubicación: procedimiento de selección. Informes.

El Programa de Acceso a la Vivienda pretende el realojo de familias en viviendas normalizadas adquiridas en el mercado secundario y distribuidas por la ciudad lo más próximas posible a los colectivos a los que van dirigidas, intentando evitar el desarraigo.

El proceso será el siguiente:

  1. Actualización-revisión del censo.
  2. Reunión inicial de la Comisión.
  3. Remisión a los CMSS del censo relativo a su ámbito.
  4. Análisis del censo por el PAV para establecer jerarquía de casos prioritarios.
  5. Análisis de los censos en los CMSS.
  6. Reunión conjunta PAV-CMSS.
  7. Elaboración de informes para la Comisión de Vivienda por los CMSS.
  8. Reunión Comisión de Vivienda. De aquí surgirá el Plan de Reubicación vigente, que se remitirá a Comisión de Gobierno para su aprobación y a partir del cual se iniciarán las actuaciones dentro del marco del Programa de Acceso a la Vivienda.

5.4.- Adjudicación de Viviendas y Contratos.

La adjudicación de las viviendas se realiza por acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Valencia a propuesta de la Comisión para el Estudio y el Análisis de las Actuaciones de Realojo a Realizar en el marco del PAV.

El contrato de alquiler consta de dos partes:

  1. Cláusulas propias de cualquier contrato de alquiler.
  2. Un anexo con los objetivos mínimos de obligado cumplimiento para todas las familias.

Es una especie de contrato social con alquileres reducidos. El incumplimiento de las cláusulas del contrato o del anexo social serán motivos de rescisión del alquiler.

5.5.- Intervención Técnica con Familias.

Objetivo: la intervención técnica se plantea principalmente con carácter integral y global.

Proyectos: Se desarrollan seis proyectos, divididos en algunos casos en áreas de actuación.

a) De documentación y acceso a recursos normalizados.

b) De convivencia.

c) Educativa.

d) De promoción socio-laboral.

e) De promoción de la salud.

f) De hábitos de vida.

- Plazos/Fases de Intervención.

Dos son los criterios básicos que se contemplan para la temporalización en la intervención con familias sujeto del Plan de Acceso a la Vivienda.

  1. La duración del contrato.
  2. La complejidad del trabajo a aplicar.

En base a estos dos criterios se dibuja unperiodo necesario de intervención equivalente a la duración inicial del contrato (5 años), al finalizar se emitirá informe por el Equipo de Acceso a la Vivienda, justificando la conveniencia o no de su renovación. Una vez renovado el contrato se considera que se ha completado satisfctoriamente el acceso a la vivienda normalizada, abandonando el PAV.

Duración inicial del contrato: 5 años - Informe de SS.SS. sobre la conveniencia o no de renovación - Adecuación a la vivienda - Abandono del programa por el Equipo PAV.

Fases:

  1. Adaptación social a una nueva vivienda.
  2. Intervención mínima - control del contrato.

5.6.- Intervención en Asentamientos.

Intervención global que contempla todas las carencias en su conjunto.

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