viernes, 1 de agosto de 2008

TEMA 40 "SS.SS. y Mujer"

1.- MARCO LEGAL.

1.1.- Declaraciones y convenciones internacionales.


-Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (NacionesUnidas, 1979) - Adhesión española en 1983.

-Convención europea para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (Consejo de Europa, 1950) - Adhesión española en 1979.

-Tratado de la Unión (1992).

-Carta Social Europea (1961), ratificada por España en 1980.

-Carta Comunitaria de Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores, de 1989.


- Medidas políticas:

1975.- año internacional de la mujer.
1975-85. Decenio de la mujer.
1995.- Conferencia de Pekin.
1.2.- Legislación.


- General.

a) Nacional.

- Constitución de 1978.

  • 1.1.- Estado Social y Democrático de Derecho.
  • 14.- Igualdad ante la ley.
  • 9.2.- Responsabilidad pública.
  • 10.1.- Dignidad de las personas.
  • 10.2.- Declaración universal de los derechos humanos.
  • 15.- Derecho a la vida, a la integridad física y moral.
  • 17.- Derecho a la libertad y a la seguridad.
  • 18.- Derecho a la intimidad personal y familiar.
  • 96.1.- Tratados internacionales.
  • 53.1.- Los derechos y libertades vinculan a los poderes públicos.


- Estatuto de autonomía (l.o. 5/82, de 1 de julio, modificada por l.o. 1/2006, de 10 de abril).

  • 49.26.- Competencias exclusivas de la GV en la promoción de la mujer.


- LRBRL 7/85, de 2 de abril.

  • Arts. 25.2.k. y 26.1.c. - competencias municipales en SS.SS.
  • Art. 28.- competencia municipal en materia de mujer.

b) Autonómico.

- Decreto 37/1997, de 26 de febrero, del Govern Valencià - Reglamento orgánico y funcional de la CBS - DG de la Mujer.

- Ley 5/97, de 25 de junio, de SS.SS.

  • Art. 24.- De la mujer.
  • Art. 14.- Familia, infancia y juventud.
  • Art. 15.- Familia.

- Plan de Ordenación - Orden 9 de abril de 1990, que desarrolla el Decreto 40/90, de 26 de febrero.

Servicios Sociales Espacializados (Casa de acogida para mujers en situación de emergencia y Residencia Materno-Infantil).

- Específico.

a) Nacional.

- Ley Orgánica 14/1999, de 19 de junio, de modificación del C.P. de 1995 en materia de protección de las víctimas de malos tratos y de la ley de enjuiciamiento criminal.
- Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las víctimas de violencia doméstica.
- Ley Orgánica 1/2004, de 2 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

b) Autonómico.

- Orden de 14 de febrero de 1995, de creación del Consejo Asesor del Instituto Valenciano de la Mujer.
- Decreto 171/1999 (inclusión de las víctimas de violencia de género en la PER).
- Decreto 210/1997, de 10 de julio, del govern valencià, por el que se crea la comisión interdepartamental de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
- Orden de 25 de julio de 1997, de la Conselleria de BS, por el que se crea el Consejo Valenciano de la Mujer.
- Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.
- Resolución 16 de diciembre de 1998, colaboración CBS y colegio de psicólogos para "Centros Mujer 24 horas".
- Ley 9/2003, de 2 de abril, de la GV, para la igualdad entre hombres y mujeres.
- Convocatorias de ayudas anuales.

1.3.- Planes de igualdad y contra la violencia.

a) Internacional.

  • IV Programa de Acción Comunitaria para la Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres (1996-2000).

b) Nacional.

  • III Plan Nacional para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujers (1997-2000), de marzo de 1998.
  • I Plan de Acción contra la violencia doméstica (1998-2000).
  • II Plan Integral contra la violencia doméstica (2001-2004).
  • IV Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres del MTAS (2003-2006).

c) Autonómico.

  • II Plan de Actuación del Gobierno de la GV para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres (1997-2000).
  • Plan de Acción Urgente del gv para luchar contra la violencia que se ejerce sobre las mujeres.
    III Plan de Actuación del gv para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres (2001-2004).

d) Local. (Ayuntamiento de Valencia).

- I Plan Municipal para la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres (2001-2003) de marzo de 2001.

El PMIO, elaborado en marzo de 2001, cuyo desarrollo y dirección corresponde a la Concejalía de BS e Integración, establece en el área de los SS.SS. la necesidad de desarrollar políticas para la protección de las mujeres que se encuentran en situación de pobreza.

Objetivo General del área de SS.SS.: evitar la progresiva feminización de la pobreza, incidiendo sobre las mujeres en situación de especial dificultad.

Objetivos Específicos:

  • Conocer las causas de la actual feminización de la pobreza.
  • Perseguir la Igualdad de Género en la política social.
  • Fomentar una política para la contratación preferente de los colectivos de mujeres en situación de vulnerabilidad o exclusión por parte de las entidades municipales o de empresas subcontratadas por el Ayuntamiento.
  • Favorecer el acceso a la vivienda a mujeres en situación de especial riesgo.

Las áreas de trabajo del Plan son:

  1. Sensibilización.
  2. Empleo.
  3. Conciliación de la vida familiar y laboral.
  4. Educación y cultura.
  5. Promoción de la salud.
  6. Servicios Sociales.
  7. Erradicación de la violencia.
  8. Cooperación y asociacionismo.

2.- CRITERIOS DEL TRABAJO CON MUJERES DESDE LOS SS.SS.

En los últimos tiempos, a partir de los años 60 en Europa y los 80 en España, el rol social de la mujer ha cambiado considerablemente, pasando de lo invisible doméstico a lo presente público, de lo tradicional al cambio.

Los cambios sociodemográficos y las nuevas fórmulas postindustriales han provocado un cambio cualitativo en la división sexual del trabajo. No obstante, este teórico igualitarismo reconocido por las leyes y los progresos alcanzados, dejan ver claramente más carencias y hacen resurgir problemas que antes parecían inexistentes, como la feminización de la pobreza o la violencia de género.

- Criterios de actuación:

  • Los SS.SS. están inspirados en el principio de responsabilidad pública.
  • La problemática de la mujer tiene una especificaidad propia.
  • La acción positiva ha de ir acompañada de información permanente.
  • Requieren acciones específicas de prevención, apoyo y reinserción.
  • Cambio real de la mentalidad social.

- Objetivos a desarrollar:

  • Proporcionar las condiciones que hagan posible la creación de un espacio propio para las mujeres.
  • Conseguir esclarecer cuál es la verdadera problemática de la mujer en su entorno.
  • Esclarecer el rol social de la mujer y el espacio que ocupa.
  • Proporcionar criterios e instrumentos que permitan a las mujeres operar de forma positiva en su propia realidad.
  • Motivar la ayuda mutua, favoreciendo la comunicación, la solidaridad y el trabajo común.
  • Potenciar la participación y la organización social de las mujeres.

- Niveles de actuación. Tres niveles.

  1. Información y Asesoramiento.
  2. Formación.
  3. Promoción.

- Proceso metodológico de los programas.

En la elaboración de los programas específicos dirigidos a la mujer es preciso tener en cuenta:

  • Que se promuevan con criterios de análisis, planificación e interdisciplinariedad.
  • Es fundamental el conocimiento de las necesidades específicas.
  • Se debe considerar el trabajo con la mujer como una tarea específica.
  • Se deben elaborar con criterios de globalidad e interdisciplinariedad.
  • Se deben evaluar con criterios de eficacia.

- Criterios de los programas.

Los criterios sobre los que deben hacer hincapié todos los programas son:

  • Sensibilización.
  • Información.
  • Formación.
  • Promoción.
  • Participación.
  • Reinserción.
  • Investigación
  • Solidaridad.

3.- GRUPOS ESPECÍFICOS DE MUJERES.

Existen amplios colectivos de mujeres cuyas problemáticas son especialmente graves por diversas circunstancias de su vulnerabilidad social, entre estos grupos, destacamos por su repercusión en los SS.SS. , los siguientes.

  • Mujeres inadaptadas.
  • Mujeres con problemas de drogadicción.
  • Madres solteras o mujeres con embarazos no deseados.
  • Prostitutas.
  • Mujeres que sufren malos tratos.
  • Mujeres mayores solas, en situación de precariedad económica.

Cada uno de estos grupos tiene unas determinadas características propias (una mujer puede pertenecer a varios grupos a la vez), por lo que es necesario que cada caso sea abordado de forma individualizada, pero considerando al grupo como referente de las posibles características generalizables y fuente de apoyo en la resolución de conflictos.

Es necesario en las actuaciones sobre estos colectivos - que versarán sobre dos grandes áreas: personalidad desestructurada y carencias socio-económicas - la implicación entre la reeducación y la reinserción, entre la prevención y la rehabilitación. Cada programa debe garantizar una serie de respuestas encadenadas que pasen por la prevención - asistencia - acogida - reinserción - promoción.

Así, pues, los servicios deben ser:

  • Información y asesoramiento.
  • Acogida.
  • Tutela.

Seguimiento de la reinserción social.

- Intervenciones grupales en el área de mujer desde los SS.SS.

Entre los múltiples proyectos que se desarrollan en esta línea de trabajo grupal destacaremos dos:

  • Taller de desarrollo personal de Indoa Psicòlegs.
  • Taller para el Desarrollo Personal y Social de la mujer gitana.

- Taller de Desarrollo Personal.

Desde la Sección de Inserción Social y Laboral, en coordinación con los CMSS, se vio como interesante el plantear un grupo de trabajo con mujeres previo a los planteamientos de inserción socio-laboral. En la actualidad este grupo de trabajo lo lleva la asociación "Indoa Psiòlegs", que realiza sus dinámicas en las instalaciones de los CMSS con usuarias derivadas desde los programas de inserción de los CMSS.

- Taller para el Desarrollo Personal de la mujer gitana.

Organizado por la Fundación Secretariado General Gitano, se desarrolla el PROYECTO ROMI, cuyo eje central es el taller señalado.

4.- LA FEMINIZACIÓN DE LA POBREZA.

En el fenómeno de la feminización de la pobreza cabe destacar las siguientes áreas:

  • Empleo (precariedad e inestabilidad laboral).
  • Familia (monoparentalidad y movilidad social descendente de las mujeres separadas).
  • SS.SS. (gran porcentaje de usuarias).

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