viernes, 1 de agosto de 2008

TEMA 41 "Mujer y violencia de género"

1.- LA VIOLENCIA DE GÉNERO: ACTUALIDAD Y CUANTIFICACIÓN DEL FENÓMENO.
¿Qué entendemos por violencia de género? Art. 1 de la "Declaración sobre la eliminación de la violencia sobre las mujeres" de la ONU, se define la fiolencia contra las mujeres como "todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino, que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico o psicológico para las mujeres, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se produce en la vida pública o privada.
Múltiples marcadores o indicadores salen a relucir. Algunos de los más frecuentemente señalados son:
a) Escasez de recursos económicos.
b) Abuso de alcohol y otras sustencias.
c) Las características personales del agresor.
  • Sistema de carencias basado en los mitos culturales muy arraigados de la superioridad de lo masculino.
  • Sentido de pertenencia de la pareja.
  • Inmadurez y aislamiento emocional.
  • La impulsividad.
  • Racionalización de la conducta violenta.
  • Pocas habilidades de afrontamiento del estrés.
  • Celos obsesivos.
  • Manipulación de los hijos.
  • Discrepancias entre el comportamiento público-privado.

- La cuantificación del fenómeno.

Según estimaciones, la media de mujeres maltratadas en España está entre el 10 y el 13%, pero sólo el 4% lo reconocen.

- Comentarios cualitativos.

  • La mayor relevancia cualitativa y cuantitativamente, de cualquier tipo de maltrato, se da en el seno familiar o en el ámbito de una relación afectiva.
  • Los malos tratos en el hogar tienen la causa en la situación estructural de desigualdad real de la mujer en sociedad.
  • En la actualidad está aumentando la tendencia a la denuncia.
  • La violencia sigue muy arraigada en amplios sectores de la sociedad española.
  • La erradicación de la violencia aún se vislumbra lejana.

2.- CARACTERÍSTICAS DE LA MUJER VÍCTIMA DE MALOS TRATOS.

La mujer puede ser víctima de la violencia, independientemente de la clase social de pertenencia. No obstante, existe una tipología de mujeres que por sus características sociales, psicológicas y/o familiares están en una situación de exclusión y por tanto son más vulnerables y con menos posibilidades de salir de su situación de maltrato.

Según datos extraídos de la memoria del Centro Mujer 24 horas de Valencia, las características socio-demográficas de las mujeres atendidas son:

  1. Edad media de 31 años..
  2. 2 hijos.
  3. dependencia económica del compañero.
  4. Baja cualificación académica.
  5. Casada.
  6. Comienzo del maltrato (desde el inicio de la relación o desde el nacimiento del primer hijo).
  7. Frecuencia diaria o semanal del maltrato.
  8. Tiempo de cadencia entre 5 y 10 años.

- ¿Por qué la mujer permanece en situación de maltrato?

  1. Síndrome de la mujer maltratada.
  2. Dependencia o insuficiencia económica, junto a baja cualificación académica.
  3. Aspectos culturales.

- Consecuencias en la mujer maltratada.

En general, las consecuencias son:

  1. Pérdida de autoestima.
  2. Sentimientos de culpabilidad (atribución interna).
  3. Terror, pánico, fobias generalizables.
  4. Sentimiento de falta de control sobre su vida.
  5. Simplificación y visión estereotipada de sí mismas.
  6. Represión de sentimientos y emociones.
  7. Distorsión de la realidad.
  8. Aislamiento social.
  9. Las relaciones sexuales están deterioradas.
  10. Dificultad para pedir ayuda.

3.- TIPOLOGÍA.

3.1.- Maltrato físico.

Cualquier acción no incidental por parte del cónyuge o compañero que provoque daño físico o enfermedad en la persona o la coloque en grave riesgo de padecerlo.

3.2.- Maltrato psicológico.

Hostilidad verbal o no verbal reiterada en forma de acoso y/o acciones que perjudiquen directa o indirectamente la estabilidad emocional de la mujer.

3.3.- Maltrato sexual.

Obligar a la mujer a tener relaciones sexuales no deseadas.

a) Acoso sexual (Petición de favores sexuales prevaliéndose de una situación de superioridad personal, laboral, docente, etc.).

b) Abuso sexual (Actos que atentan contra la libertad sexual de otros, con o sin penetración).

c) Agresión sexual (violación - con penetración - e intento de violación - sin penetración - ).

4.- RECURSOS ESPECIALIZADOS.

4.1.- Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

  1. S.A.M. - Servicios de Atención a la Mujer.
  2. EMUNES - Equipos de Mujer y Menores.

4.2.- Centro Mujer 24 horas.

  • Dependientes de la DG de la Mujer de la CBS, hay una por provincia.
  • Finalidad: atención integral, 24 hrs., a la mujer víctima de violencia.

- Actuaciones:

1.- Atención integral y continuada (individual, grupal o telefónica) de la problemática de las mujeres víctimas de violencia en las áreas:

  • Psicológica.
  • Social.
  • Sanitaria.
  • Jurídica.

Niveles de intervención.

  1. Intervención en crisis.
  2. Asesoramiento.
  3. Terapiaas ante situaciones cronificadas o agudas.

2.- Intervención comunitaria, investigación y estudio.

3.- Coordinación interinstitucional.

Colabora con:

  • DG de Interior de la Conselleria de Presidencia.
  • Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
  • DG de Atención Especializada de la Conselleria de Sanidad.
  • DG de BS (Centros de Acogida).
  • DTBS (Área de Mujer y Área de familia, menor y adopciones).
  • Instancias judiciales.
  • Concejalía de BS e Integración del Ayto. Valencia (CMIO y CMSS).

4.3.- Casas de Acogida.

Plan de ordenación, Orden de 9 de abril de 1990, que desarrolla el Decreto 40/90, de 26 de febrero, lo establece como recurso de SS.SS. especializados (alojamiento temporal unos tres meses).

4.4.- Residencia Materno-Infantil.

Plan de Ordenación, Orden de 9 de abril de 1990, que desarrolla el Decreto 40/90, de 26 de febrero, lo configura dentro de los SS.SS. especializados (alojamiento temoral de mujeres jóvenes embarazadas o con hijos).

4.5.- Viviendas Tuteladas.

Plan de Ordenación, Orden de 9 de abril de 1990, que desarrolla el Decreto 40/90, de 26 de febrero, lo configura como recurso de SS.SS. GENERALES (Programa de Convivencia).

- CMIO. (Centro Municipal de Información y Orientación a la mujer para la Igualdad de Oportunidades).

El CMIO es un recurso especializado municipal del Ayto. Valencia dirigido a informar, orientar y asesorar a las mujeres y asociaciones de mujeres de la ciudad de Valencia.

Servicios que presta:

  1. Servicio de Información y Orientación.
  2. Centro de Recursos.
  3. Servicio de atención a asociaciones de mujeres.

4.6.- Actuaciones específicas desde los SS.SS. Generales.

  • Prestaciones sociales en base a la orden de protección de mujeres víctimas de violencia doméstica.
  • Ayudas de emergencia.
  • RAI.
  • Alojamientos alternativos de emergencia.

- Consideraciones en la atención a las mujeres víctimas de malos tratos.

Desde los Servicios de Atención Primaria debemos plantearnos los siguientes objetivos:

  1. Verificar si en realidad se ha producido el maltrato e identificar al maltratador.
  2. Valorar el nivel de riesgo real presente para la víctima y las posibles consecuencias de nuestra intervención.
  3. Proponer las medidas de protección pertinentes.

5.- MARCO NORMATIVO.

a) Nacional.

- Reforma del Código Penal, de 1989.

  • Su artículo 153 recoge por primera vez el delito de malos tratos en el ámbito familiar.
  • L.O. 14/1999, de 9 de junio, de modificación del C.P. de 1995, en materia de protección a las víctimas de maltrato (Tipificación como delito específico de violencia psíquica ejercida con carácter habitual).
  • Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las Victimas de violencia doméstica.
  • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

b) Autonómico.

  • Ley 5/1997, de 25 de junio, de SS.SS. (Art. 24 - "De la Mujer").
  • Plan de Ordenación, Orden de 9 de abril de 1990, que desarrolla el Decreto 40/90, de 26 de febrero.

- SS.SS. Especializados.

- Casa de Acogida para Mujeres en Situación de Emergencia.

- Residencia Materno-Infantil.

- SS.SS. Generales.

- Viviendas Tuteladas.

  • Decreto 171/1999, de 5 de octubre.

- PLANES.

  • IV Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2003-2006, aprobado en Consejo de Ministros el 7 de marzo de 2003.
  • II Plan Contra la Violencia Doméstica 2001-2004. Elaborado y financiado por el MTAS. Propuestas de CC.AA., FMP y ONG.
  • III Plan de Actuación del gv para la Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres (2001-2004).
  • I Plan para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (2001-2003) del Ayto. Valencia.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Hola, queria comentar que el centro mujer 24 horas ahora pertenece a Justicia.

Asi como tambien se han modificado los centros especializados de mujeres: Orden 17 de febrero 2003 y una modificacion Orden de 28 enero de 2005